Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) informó sobre los requisitos legales, territoriales, administrativos y financieros que deben cumplir los ciudadanos interesados en constituir un partido, una agrupación o un movimiento político en la República Dominicana.
La institución explicó que el alcance de cada organización dependerá de su naturaleza. Los partidos políticos tienen carácter nacional; las agrupaciones políticas pueden operar en el ámbito provincial o municipal, mientras que los movimientos políticos tienen alcance municipal.
De acuerdo con la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, las organizaciones en formación deben presentar sus estatutos, declaración de principios y elementos distintivos, como nombres, logos y banderas. Estos no podrán utilizar símbolos patrios, nombres de próceres ni coincidir con los de organizaciones políticas previamente reconocidas.
Entre los requisitos también figura la presentación de una lista de ciudadanos equivalente al 2 % de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones correspondientes al ámbito territorial de la organización. Las firmas deberán estar organizadas por calles y sectores y entregarse tanto en formato físico como digital para su posterior validación.
Asimismo, los partidos en formación deberán contar con locales físicos activos, directivas provisionales en funcionamiento y presencia territorial conforme al nivel en el que procuran obtener reconocimiento. En el caso de los partidos nacionales, deberán disponer de una sede en Santo Domingo o el Distrito Nacional y presencia en los municipios exigidos por la normativa.
Las organizaciones solicitantes también tendrán que presentar un presupuesto detallado de ingresos y gastos, los montos ya ejecutados y una proyección financiera anual hasta la celebración de las elecciones.
La JCE recordó que las solicitudes de reconocimiento deben depositarse, como máximo, 12 meses antes de las elecciones. Para el próximo ciclo electoral, el plazo señalado vence el 20 de febrero de 2027. El órgano electoral deberá decidir sobre las solicitudes a más tardar cuatro meses antes de las elecciones, con fecha límite del 20 de octubre de 2027.
La Junta Central Electoral exhortó a los interesados a consultar en www.jce.gob.do el marco legal y los procedimientos aplicables al reconocimiento de partidos, agrupaciones y movimientos políticos en la República Dominicana.
















































